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RESICO: qué es, quién puede entrar y cuánto se paga de impuestos

El RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) es un régimen fiscal para personas físicas con ingresos anuales hasta $3.5 millones de pesos. La tasa de ISR mensual va del 1% al 2.5% según ingresos. Es notablemente más barato que el régimen general de actividades empresariales para la mayoría de trabajadores independientes, freelancers y pequeños negocios. Esta guía explica quién puede entrar, cuánto se paga en cada tramo y cómo funciona en la práctica.

El RESICO entró en vigor en enero de 2022 y muchos contribuyentes todavía no saben si les conviene o si ya estaban en él sin saberlo. La confusión es normal: el cambio fue abrupto, el SAT migró a mucha gente sin explicar qué significaba, y en foros circulan versiones contradictorias sobre quién puede y quién no puede usarlo. Aquí está la explicación limpia.

Quién puede estar en RESICO y quién no

  • RFC activo y contraseña del SAT (o e.firma) para verificar o modificar tu régimen.
  • Saber cuánto ganas aproximadamente al mes o al año: el RESICO tiene un tope de $3.5 millones anuales. Si lo superas, no puedes estar en este régimen.
  • Revisar si cumples los requisitos de exclusión: no pueden estar en RESICO quienes son socios o accionistas activos de personas morales, quienes tienen relación de trabajo con las mismas personas a quienes les prestan servicios (pueden ser recaracterizados como asalariados), ni quienes ya tributan bajo el régimen de actividades agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras.

Tiempo estimado

Verificación: 5 minutos / Cambio de régimen: 1 trámite en portal SAT

Dificultad

Baja-media

Costo

Gratuito el trámite; pagas el ISR correspondiente

Cómo registrarte o verificar si ya estás en RESICO

  1. Verifica en qué régimen estás actualmente. Descarga tu constancia de situación fiscal en sat.gob.mx: el campo 'Régimen' muestra exactamente dónde estás. Si dice 'Régimen Simplificado de Confianza', ya estás en RESICO.

    El SAT migró automáticamente a RESICO en enero de 2022 a muchos contribuyentes que cumplían los requisitos. Es posible que estés ahí sin haberlo solicitado.

  2. Entiende las tasas que aplican a tu nivel de ingresos. Tasas de ISR mensual en RESICO para personas físicas: ingresos hasta $25,000/mes → 1%; $25,001–$50,000 → 1.1%; $50,001–$83,333 → 1.5%; $83,334–$166,667 → 2%; más de $166,667/mes → 2.5%. El impuesto se calcula sobre los ingresos cobrados en el mes, sin deducir gastos.

    Ejemplo práctico: si ganas $40,000 al mes como freelance, tu ISR RESICO es $40,000 × 1.1% = $440. En régimen general, sobre esos mismos ingresos podrías pagar $3,000–$6,000 dependiendo de tus deducciones. La diferencia es real y significativa.

  3. Determina si te conviene más RESICO o el régimen general. RESICO conviene si tus gastos deducibles son pocos (no tienes facturas de gastos de operación altas). Régimen general conviene si tienes muchos gastos comprobables: en ese caso deducirlos reduce la base imponible y puede resultar en menos impuesto que la tasa RESICO.

    Regla práctica: si tus gastos deducibles son menos del 60–70% de tus ingresos, RESICO casi siempre es más barato. Si tienes una operación con muchos costos (compras de mercancía, nómina, renta de local), calcula ambos escenarios.

  4. Para cambiarte a RESICO: entra al portal del SAT → Mi Portal → Servicios → Actualización de actividades económicas y obligaciones. El cambio aplica desde el 1 de enero del siguiente ejercicio fiscal si lo haces después de enero, o desde el mes siguiente si cumples los requisitos durante el año.

    El cambio de régimen a RESICO solo se puede hacer una vez al año. Si te equivocas de régimen, el ajuste tiene costos y plazos. Tómate 10 minutos para confirmar que te conviene antes.

Por qué importa elegir el régimen correcto

El régimen fiscal no es solo burocracia: determina cuánto pagas de impuestos cada mes.

  • Con RESICO un freelance que gana $30,000/mes paga ~$330 de ISR mensual (1.1%). En régimen general sin deducciones podría pagar $3,000–$5,000. La diferencia anual es de $30,000–$56,000 pesos.
  • Las declaraciones en RESICO son más sencillas: muchos contribuyentes las hacen solos sin contador.
  • La opinión de cumplimiento se mantiene positiva más fácilmente porque las obligaciones son más simples de cumplir.
  • Estar en el régimen correcto facilita el acceso a créditos bancarios y trámites que requieren historial fiscal limpio.

Errores frecuentes en RESICO

Problemas frecuentes en RESICO:

No presentar la declaración mensual aunque no haya ingresos

En RESICO la declaración mensual es obligatoria aunque no hayas facturado ese mes. Si no la presentas, acumulas omisiones formales que aparecen en la opinión de cumplimiento y generan multas. La declaración en ceros tarda 2 minutos; omitirla puede costarte más.

Superar el límite de $3.5 millones sin darse cuenta

Si en el año tus ingresos superan $3,500,000 pesos, ya no puedes estar en RESICO y debes migrar al régimen general desde el mes siguiente al cruce. El SAT puede detectarlo y hacer el cambio de oficio, generando obligaciones retroactivas. Si tu negocio está creciendo, monitorea el acumulado mensualmente.

Confundir RESICO con no tener que emitir facturas

En RESICO sí debes emitir CFDI por tus ingresos cuando el cliente los requiera, igual que en cualquier otro régimen. La simplificación de RESICO está en las tasas y en la declaración, no en los comprobantes. Si no facturas ingresos que debías facturar, generas discrepancias.

Estar en RESICO siendo socio de una persona moral

Si eres socio o accionista activo de una sociedad (SA, SA de CV, SRL, etc.), no puedes estar en RESICO por tus actividades como persona física. El SAT puede detectarlo y hacer el cambio de oficio con diferencias de impuesto por pagar.

Cómo saber si tu RESICO está activo y correcto

  • Tu constancia de situación fiscal muestra 'Régimen Simplificado de Confianza'.
  • Tus ingresos anuales acumulados no superan $3,500,000.
  • Presentas tu declaración mensual aunque sea en ceros.
  • Tu opinión de cumplimiento sale positiva.

Cuándo conviene un contador

  • Si no sabes si te conviene RESICO o régimen general dado tu nivel de gastos deducibles: un contador hace el cálculo en 30 minutos.
  • Si estás cerca del límite de $3.5 millones y no sabes cuándo debes cambiar de régimen.
  • Si tienes ingresos de múltiples fuentes (nómina + actividad propia): la combinación de regímenes tiene reglas específicas.
  • Si el SAT te cambió de régimen de oficio y no estás de acuerdo.

Preguntas frecuentes sobre el RESICO

¿Qué es el RESICO y desde cuándo existe?
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) entró en vigor el 1 de enero de 2022 mediante el Artículo 113-E de la LISR. Sustituyó al régimen de incorporación fiscal (RIF) para personas físicas. Aplica a trabajadores independientes, freelancers, pequeños negocios y arrendadores con ingresos hasta $3.5 millones anuales.
¿Cuánto se paga de ISR en RESICO?
Las tasas mensuales son: hasta $25,000/mes → 1%; $25,001–$50,000 → 1.1%; $50,001–$83,333 → 1.5%; $83,334–$166,667 → 2%; más de $166,667 → 2.5%. Se aplica sobre los ingresos cobrados en el mes, sin deducir gastos.
¿En RESICO hay que pagar IVA?
Depende de tu actividad. Si tus servicios o ventas están gravados a la tasa general (16%), debes cobrar IVA y presentar la declaración mensual de IVA. Si tus actividades están exentas o a tasa 0%, no aplica. La simplificación del RESICO es en ISR, no en IVA.
¿Puedo estar en RESICO si tengo empleados?
Sí. Tener empleados no te excluye del RESICO. La restricción aplica a ser socio o accionista activo de una persona moral, no a tener trabajadores a tu cargo. Si tienes empleados, sigues teniendo las obligaciones patronales de IMSS y retención de nómina, pero tu ISR propio se calcula bajo las tasas RESICO.
¿Hay que hacer declaración anual en RESICO?
Sí, en abril del año siguiente. La declaración anual en RESICO puede resultar en que debes pagar un poco más (si las retenciones del año no cubren el impuesto anual calculado) o que te devuelven saldo a favor. También es el momento de aplicar deducciones personales que no aplican en las declaraciones mensuales.
¿El RESICO cuenta para el historial de semanas del IMSS?
No directamente. El RESICO es un régimen del SAT para efectos de ISR. Las semanas cotizadas del IMSS se acumulan cuando estás dado de alta ante el IMSS como asegurado, lo que es independiente de tu régimen fiscal. Un trabajador en RESICO puede estar dado de alta en IMSS voluntario para acumular semanas, pero son dos trámites separados.
¿Cómo me cambio a RESICO si estoy en otro régimen?
Entra al portal del SAT → Mi Portal → Servicios → Actualización de actividades económicas y obligaciones. Selecciona el RESICO como nuevo régimen. El cambio aplica generalmente desde el inicio del siguiente ejercicio fiscal (1 de enero) si lo haces durante el año. Si cumples los requisitos desde el inicio del año, puedes solicitarlo en enero del año en curso.

Fuente oficial

Consulta primaria: SAT — Régimen Simplificado de Confianza

Última revisión de esta guía: junio de 2026

Las tasas del RESICO y el límite de ingresos están en la LISR vigente. Verifica en el portal del SAT si ha habido modificaciones al régimen antes de tomar decisiones fiscales.

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